¿Qué es el Plan Hospitalización Integral?
Protege los gastos inesperados
El Plan Hospitalización Integral es un seguro que te ayuda a cubrir los gastos extraordinarios inesperados que se producen con una hospitalización (gastos de desplazamiento, cuidado de niños, ayuda doméstica, compra de muletas, etc.), mediante el pago de una indemnización diaria por los días que tengas que estar hospitalizado por enfermedad. Si la hospitalización fuese por accidente, la indemnización será doble.
Y además, para garantizar el futuro económico de los tuyos, cuentas con un capital por fallecimiento accidental para proteger la estabilidad de tu familia.
¿Qué garantías ofrece?
Servicios de ayuda asistencial a domicilio
¿Qué servicios de ayuda asistencial se incluyen?
El seguro Plan Hospitalización Integral incluye una gama de servicios de ayuda asistencial a domicilio para apoyar a toda la familia ante situaciones de hospitalización o fallecimiento. Servicios de ayuda a domicilio como, la realización de tareas domésticas básicas, ayuda para el cuidado personal, un auxiliar a domicilio para el cuidado de hijos y acompañamiento al colegio, gastos de desplazamiento de un familiar para cuidado de los hijos, entre otros.
Garantía de Hospitalización
¿Existen periodos máximos de indemnización por hospitalización?
Sí. El seguro Plan Hospitalización Integral establece un periodo máximo de indemnización de 180 días en caso de hospitalización por enfermedad y de 365 días cuando la hospitalización es causada por un accidente.
¿Se establecen periodos de carencia para las garantías de hospitalización?
Sí. Para la garantía de hospitalización por enfermedad se establece un periodo de carencia inicial de 180 días y un periodo de carencia entre hospitalizaciones sucesivas de 30 días en caso de que se trate de enfermedad distinta y de 180 días si la enfermedad que causa la hospitalización es la misma.
En caso de hospitalización por accidente no existe periodo de carencia inicial ni entre siniestros.
¿Qué es un periodo de carencia? Es el tiempo (días o meses) transcurrido entre la fecha de entrada en vigor del contrato de seguro y el momento en que el asegurado puede acceder a las garantías de su póliza.
Garantía de Fallecimiento Accidental
¿Qué se entiende por accidente?
Cualquier lesión corporal derivada de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado, que provoque una hospitalización o fallecimiento del asegurado.
¿Qué se considera fallecimiento por accidente?
Fallecimiento del asegurado por causa accidental siempre que no se deba a un ataque al corazón o dolencia cardiaca.
¿Qué se considera accidente de circulación?
Fallecimiento del asegurado en alguna de las siguientes situaciones:
- Como peatón, o cuando sin ocupar plaza en vehículo las lesiones sufridas por el asegurado sean causadas por un vehículo terrestre.
- Como conductor o pasajero de vehículo terrestre.
- Como pasajero de transporte público terrestre, marítimo, fluvial o aéreo legalmente autorizado.
¿Cuáles son las condiciones de contratación?
¿A quién va dirigido el seguro Plan Hospitalización Integral?
¿Es necesario realizar un reconocimiento médico para contratar el seguro?
¿Qué duración tiene el seguro?
El seguro tiene una duración anual y es renovable por periodos anuales sucesivos hasta que el asegurado cumpla 70 años.
El pago de la prima será mensual.
¿Cuál es el ámbito territorial de aplicación del seguro?
¿Cómo gestiono la póliza de seguro?
¿Cómo puedo modificar los datos de mi póliza: cambio de domicilio, modificación de la cuenta de domiciliación…?
Desde CNP Partners realizaremos todas las modificaciones que necesites. Puedes contactar con nosotros a través del Servicio de Atención al Cliente:
Teléfono: 91 524 34 35
Email: atencion@cnppartners.eu
¿Cómo puedo declarar un siniestro?
El asegurado o beneficiarios deberán comunicar a CNP Partners la hospitalización o el fallecimiento en un plazo de 30 días, a través del número de teléfono 91 524 34 39 o correo electrónico prestaciones@cnppartners.eu. Puedes consultar la documentación requerida para tramitar la gestión de la prestación por hospitalización o fallecimiento en las condiciones de la póliza.
¿Cuándo recibiré el cobro de la prestación?
El abono de las prestaciones se realizará en un plazo de 15 días desde la recepción de toda la documentación necesaria.
En caso de una hospitalización superior a 30 días, la indemnización se abonará al final de cada mes.
¿Puedo modificar la modalidad del seguro Plan Hospitalización Integral?
Sí. El seguro Plan Hospitalización Integral presenta tres modalidades distintas de contratación: Básico, Plus y Premium. Éstas se diferencian en las cuantías aseguradas para las garantías por hospitalización y por fallecimiento accidental. El cambio de modalidad a una con menores cuantías aseguradas se podrá realizar en cualquier momento de la vigencia de la póliza. Sin embargo, en caso de que la modificación sea para contratar una modalidad con mayores cuantías aseguradas, será necesario cancelar la póliza actual y contratar una póliza seleccionando la nueva modalidad.
¿Cómo puedo rescindir el contrato de seguro?
El tomador del seguro puede cancelar el contrato unilateralmente sin penalización alguna en un plazo de 30 días desde la formalización a través del teléfono de atención al cliente 91 524 34 39 o por comunicación escrita al correo electrónico contratacion@cnppartners.eu,detallando sus datos personales y el número de póliza.
¿Qué tengo que hacer para no renovar el contrato de seguro?
El tomador del seguro puede cancelar la renovación anual del seguro comunicándolo por escrito a CNP Partners con, al menos, un mes de antelación a la fecha de finalización del seguro en curso, a través del correo electrónico contratacion@cnppartners.eu, detallando sus datos personales y el número de póliza.
¿Qué Régimen Fiscal aplica a las garantías?
- La garantías de fallecimiento accidental tributarán por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
- Las garantías de hospitalización tributarán por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia patrimonial, dentro de la base imponible general por la diferencia entre la prestación percibida y el importe de la prima o primas satisfechas.